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Guía práctica · actualizada el 8 de julio de 2026

Enviar SMS y WhatsApp cumpliendo el RGPD y la LSSI

Enviar SMS comerciales cumpliendo el RGPD y la LSSI no es complicado si sigues cuatro reglas: consentimiento acreditable, baja fácil y gratuita, horarios sensatos y datos bien custodiados. Esta guía explica lo que exige la ley española a cualquier empresa que envíe SMS masivos, WhatsApp o Telegram a clientes, y cómo SMSverifica te lo pone fácil.

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El marco legal del SMS comercial en España: RGPD, LOPDGDD y LSSI

Tres normas regulan la mensajería comercial a particulares en España:

RGPD (Reglamento UE 2016/679)

Regula el tratamiento del dato personal: el número de teléfono de tu cliente. Exige base jurídica (consentimiento, contrato o interés legítimo), información transparente, seguridad y derechos del interesado (acceso, supresión, oposición).

LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018)

Adapta el RGPD a España y añade reglas propias, como los sistemas de exclusión publicitaria (Lista Robinson): antes de una campaña a no clientes debes consultar esas listas de exclusión publicitaria.

LSSI (Ley 34/2002, art. 21)

La norma clave del envío: prohíbe las comunicaciones comerciales por SMS o email no solicitadas o no consentidas expresamente, con una única excepción: la relación contractual previa. Su incumplimiento es lo que sanciona la AEPD.

Regla de oro: comercial = consentimiento (o cliente previo) + baja fácil. Transaccional (aviso de pedido, código OTP, recordatorio de cita solicitada, aviso de fichaje) = ejecución del servicio, sin necesidad de consentimiento comercial. No mezcles ambos en el mismo mensaje.

Consentimiento para enviar SMS y WhatsApp comerciales

El consentimiento es la base jurídica estrella del marketing por mensajería, y la que la AEPD examina primero cuando alguien denuncia.

Cómo debe ser el consentimiento según el RGPD

  • Libre, específico, informado e inequívoco: casilla propia (no premarcada) que diga claramente "acepto recibir ofertas por SMS/WhatsApp de [tu empresa]".
  • Granular: el consentimiento para email no cubre el SMS ni el WhatsApp; el de tu marca no cubre a "terceros colaboradores".
  • Acreditable: guarda fecha, hora, texto exacto aceptado, origen (formulario, tienda, alta online) e IP si la hay. Sin prueba, a ojos de la AEPD no hay consentimiento.
  • Revocable: darse de baja debe ser tan fácil como fue apuntarse, y gratuito.

La excepción de cliente previo (art. 21.2 LSSI)

Puedes enviar publicidad sin consentimiento expreso si se cumplen las tres condiciones a la vez: (1) obtuviste el teléfono en el marco de una venta o contrato previo, (2) la publicidad se refiere a productos o servicios similares a los contratados y (3) ofreces la posibilidad de oponerse en la recogida del dato y en cada mensaje. Si falla cualquiera de las tres, vuelves a necesitar consentimiento.

WhatsApp y Telegram: opt-in reforzado

Además del RGPD y la LSSI, Meta exige opt-in previo para que una empresa inicie conversaciones de WhatsApp con plantillas, y en Telegram es el propio usuario quien debe iniciar la conversación con tu bot: técnicamente el opt-in va incorporado al canal. Aun así, informa siempre de qué tipo de mensajes enviarás y respeta las bajas. Más detalle en WhatsApp Business API y Telegram para empresas.

Bajas (opt-out): lo que exige la ley

Todo mensaje comercial debe llevar una vía de baja sencilla y gratuita: un enlace de baja, una palabra clave de respuesta ("BAJA") o una dirección claramente indicada. Y la baja debe surtir efecto de inmediato: seguir enviando tras una solicitud de baja es de las conductas más sancionadas por la AEPD.

Lo que exige la norma

  • Medio de oposición sencillo y gratuito en cada comunicación (art. 21.2 LSSI).
  • Identificación clara del anunciante: el receptor debe saber quién le escribe.
  • Registro de la baja y exclusión efectiva de futuros envíos comerciales.
  • Consulta de sistemas de exclusión (Lista Robinson) antes de campañas a no clientes.

Cómo lo resuelves en SMSverifica

  • Listas de contactos editables: quita al contacto que pide la baja y no entrará en la siguiente campaña de esa lista. La exclusión no es automática: la aplicas tú.
  • Historial de mensajes con fecha y estado: prueba de qué enviaste y cuándo, útil ante cualquier reclamación.
  • Respuestas entrantes de WhatsApp y Telegram registradas en el historial: revisa los "BAJA" recibidos y actualiza tus listas.
  • Remitente identificado (alfanumérico, inscrito por su titular en el registro de la CNMC): el receptor siempre sabe quién eres.

Horarios de envío: cuándo enviar campañas sin molestar (ni arriesgar)

La normativa de consumidores impone a las llamadas comerciales la franja de 9:00 a 21:00 en días laborables. Para el SMS y el WhatsApp comercial no existe una franja legal estatal específica, pero la expectativa de la AEPD y la buena práctica del sector es aplicar la misma: enviar un SMS promocional a las 7:00 de un domingo es la manera más rápida de generar denuncias y bajas.

  • Campañas comerciales: de 9:00 a 21:00, de lunes a viernes; evita festivos nacionales y locales de tu público.
  • Transaccionales: cuando el servicio lo requiera (un código OTP a las 23:00 es correcto si el usuario está iniciando sesión).
  • Programación: en SMSverifica puedes programar la campaña para la franja óptima y el sistema la lanza por ti.

Conservación de datos y registro de envíos

El RGPD exige limitación del plazo de conservación: guarda cada dato solo mientras sirva a su finalidad, y documenta los plazos.

Plazos orientativos de conservación de datos en mensajería empresarial
DatoPlazo orientativoPor qué
Prueba del consentimiento (opt-in)Mientras envíes + prescripción de reclamaciones (hasta 3 años)Acreditar la licitud del envío ante la AEPD
Registro de bajas (opt-out)Indefinido como lista de supresiónGarantizar que no se vuelve a contactar
Historial de mensajes y estados de entregaEl necesario para facturación, soporte y prueba (definido en tu registro de actividades)Prueba de qué se envió, cuándo y a quién
Registro de jornada (si usas avisos de fichaje)4 años (RDL 8/2019)Obligación laboral específica del registro horario

Plazos orientativos de carácter general: fija los tuyos en el registro de actividades de tratamiento con tu asesoría.

Sanciones: qué te juegas por enviar SMS sin consentimiento

30.000 € Multa máxima por infracción leve de la LSSI (envío aislado no consentido)
150.000 € Multa máxima por infracción grave (envíos masivos o reincidencia)
+RGPD Expediente adicional si el tratamiento del dato era ilícito (listas compradas, sin prueba de opt-in)

La AEPD publica regularmente resoluciones con multas de varios miles de euros por SMS comerciales sin consentimiento o sin vía de baja, a menudo iniciadas por una única denuncia de un particular. La forma barata de evitarlo: lista propia con opt-in acreditado, baja operativa y mensajes identificados.

Aviso: esta guía es información general actualizada a julio de 2026, no asesoramiento jurídico. Para casos concretos (sectores regulados, menores, datos sensibles), consulta con tu asesoría legal.

Encargado del tratamiento y DPA: qué papel juega tu plataforma de SMS

Cuando envías mensajes con SMSverifica, tu empresa es la responsable del tratamiento (decide a quién y para qué se envía) y nosotros actuamos como encargados del tratamiento (art. 28 RGPD): tratamos los teléfonos y contenidos solo para prestarte el servicio, con contrato de encargo (DPA) que regula confidencialidad, subencargados, seguridad y supresión al finalizar.

  • Servidores en la Unión Europea y tratamiento conforme a RGPD y LOPDGDD.
  • Credenciales cifradas: los tokens de tus canales de WhatsApp y Telegram se guardan cifrados en base de datos.
  • Aislamiento por cuenta: tus contactos y mensajes están separados de los de otros clientes a nivel de arquitectura.
  • Aprobación manual de cuentas: revisamos el uso previsto antes de dar acceso al envío, para cuidar la reputación de las rutas.
  • DPA (contrato de encargo del tratamiento): no hay un modelo publicado en esta web todavía; lo firmamos con quien lo pida, así que solicítalo antes de contratar en contacto y lo revisamos contigo.

¿Y quién está detrás? SMSverifica es la plataforma de mensajería de ABARCANDO, S.L. (N.I.F. B88017173), operador inscrito en el Registro de Operadores de la CNMC. La titularidad de la marca, de los dominios y del remitente SMS «SMSverifica» está documentada en la página de titularidad.

Checklist: enviar SMS masivos cumpliendo el RGPD y la LSSI

Repásala antes de cada campaña; si marcas todo, envías tranquilo.

  • Tengo consentimiento acreditable de cada contacto (o son clientes con productos similares y opción de oposición).
  • La casilla de opt-in era específica para SMS/WhatsApp y no estaba premarcada.
  • He consultado las listas de exclusión publicitaria si envío a no clientes.
  • El mensaje identifica claramente a mi empresa (remitente registrado en la CNMC).
  • Incluyo una vía de baja sencilla y gratuita, y las bajas se aplican de inmediato.
  • Envío en horario razonable (9:00–21:00, laborables) salvo mensajes transaccionales.
  • Tengo definidos los plazos de conservación y el registro de actividades.
  • Mi plataforma firma DPA, aloja en la UE y me da trazabilidad de cada envío.

¿Y los mensajes de fichaje, visitas y accesos? Transaccionales por naturaleza

Buena parte de la mensajería útil de una empresa no es publicidad: el aviso al empleado que no ha fichado (registro de jornada obligatorio desde 2019, con la reforma del registro horario digital en tramitación), la notificación al anfitrión cuando llega su visita a recepción, el código de acceso de un solo uso o la entrada con QR enviada por WhatsApp para un evento. Estos envíos se amparan en la relación laboral o contractual y no requieren consentimiento comercial, aunque sí información transparente al interesado.

Es exactamente el terreno donde SMSverifica trabaja junto a sus plataformas hermanas: QRACCESO (control de accesos por QR, validación de entradas y aforo) y ACCESSTIME (registro de jornada). Mensajería transaccional legal, automática y con prueba de entrega. Ver casos de uso de RRHH y accesos →

Preguntas frecuentes sobre SMS comerciales y RGPD

¿Puedo comprar una base de datos de teléfonos para enviar SMS comerciales?

No es recomendable y casi nunca es legal: el consentimiento del RGPD debe ser específico para tu empresa y tu finalidad, y las listas compradas rara vez lo acreditan. Enviar a bases compradas expone a sanciones de la AEPD y destroza la reputación de tu remitente. Construye tu propia lista con opt-in verificable; por eso SMSverifica no aprueba cuentas que planeen enviar a listas comprometidas.

¿Necesito consentimiento para enviar SMS transaccionales (avisos de pedido, OTP, citas)?

Los mensajes estrictamente necesarios para prestar el servicio contratado (confirmación de pedido, código OTP, recordatorio de la cita que el cliente pidió, aviso de fichaje al empleado) se amparan en la ejecución del contrato o en el interés legítimo, no en el consentimiento comercial. Eso sí: no aproveches un mensaje transaccional para colar publicidad, porque entonces aplica el art. 21 LSSI.

¿Cuánto tiempo debo conservar la prueba del consentimiento?

Mientras sigas enviando comunicaciones a ese contacto y, tras la baja, el tiempo necesario para atender posibles reclamaciones (los plazos de prescripción de las infracciones pueden llegar a 3 años). Guarda qué aceptó, cuándo, cómo y desde dónde: fecha, texto de la casilla y origen del registro.

¿Qué multa puedo recibir por enviar SMS publicitarios sin consentimiento?

La LSSI tipifica el envío de comunicaciones comerciales no consentidas con multas de hasta 30.000 € (infracción leve, envío aislado) y de 30.001 a 150.000 € (grave, envíos masivos o reincidencia). La AEPD ha impuesto sanciones documentadas de varios miles de euros por SMS sin consentimiento o sin vía de baja. A eso se suma el posible expediente por RGPD si el tratamiento del dato era ilícito.

Envía SMS y WhatsApp cumpliendo el RGPD desde el primer mensaje

Plataforma española con servidores en la UE, DPA, cuentas aprobadas manualmente, trazabilidad de cada envío y saldo que no caduca. Legalidad y entregabilidad van juntas.